martes, noviembre 28, 2006

Concierto reivindicativo por la música en directo

Concierto reivindicativo en pro de la música en directo en El Apolo, Sala [2]

Jamili Puro Filin, Pablo Galak y Antidoto, Diego Paque Flamenco Fussion, Raices del Son, Cumbuca, Candombe Cool, La Candombera, Batukeros de la Calle, BBcandome y muchas sorpresas más...

Sala [2]
C/ Nou de la Rambla, 111
Barcelona

Data Dimecres, 29 de Novembre 2006

Hora 20:30 h

Preu entrada 3 €

reservas de entradas: bcnlaleydelsilecio@gmail.com

III Congreso ONLINE del Observatorio para la Ciber Sociedad (OCS)

Conocimiento Abierto,
Sociedad Libre

Congreso

Del 20 de noviembre al 3 de diciembre

Ya ha empezado el III Congreso ONLINE del OCS.
Más de 500 comunicaciones y 4.000 participantes, hasta el próximo 3 de diciembre.

Grupos de trabajo:

A. Política y cambio social. Nuevos modelos y transformaciones geoestratégicas en la (ciber)sociedad

B. Identidad y grupos sociales. Aproximaciones y propuestas socioantropológicas

C. Comunicación y cultura. Creación, gestión de la cultura y medios

D. Educación y aprendizajes. El papel de la formación, la alfabetización y las iniciativas de inclusión socio-digital

E. Crítica e innovación. Utopía, teoría y realidad de la (ciber)sociedad del futuro

Entra y participa.


*Cibersociedad


lunes, noviembre 27, 2006

viernes, noviembre 24, 2006

El cánon: el precio de la cultura (2)


Manifiesto de profesores universitarios españoles contra el pago por préstamo en bibliotecas


LAS BIBLIOTECAS NO DEBEN PAGAR POR EL PRÉSTAMO DE OBRAS


Como profesores universitarios, investigadores y, por tanto, usuarios de bibliotecas, ante la exigencia de la Comisión Europea de aplicar de forma indiscriminada la normativa comunitaria sobre pago por préstamo de obras, sin realizar las históricas excepciones representadas por bibliotecas, archivos y otros centros de información e investigación.


Manifestamos nuestro rechazo a que las bibliotecas, archivos y centros públicos de información deban pagar por el préstamo de obras.


Esta medida supondría la consideración de las bibliotecas y los centros públicos de información como entidades comerciales y no como instituciones culturales, necesarias para el desarrollo de los ciudadanos y el ejercicio del derecho a la educación, la información y la lectura que la Constitución Española reconoce.


Creemos que el pago por el préstamo de obras en centros públicos de información implicaría un retroceso en las colecciones de las bibliotecas y otros centros. En 1998 las bibliotecas públicas españolas gastaban una media de 3,64 euros por habitante, mientras que la media de Unión Europea era de 13,35 euros. La aplicación del canon por préstamo de obras vendría a empeorar la situación actual, ya de por sí preocupante.


Las bibliotecas, como agentes implicadas en la formación, la información y el entretenimiento de los ciudadanos, suponen un inmejorable medio para la promoción de la creación y la difusión de la cultura y el pensamiento, papel que siempre han desempeñado de forma desinteresada. Cualquier carga por el préstamo de sus obras supondría un retroceso en sus servicios y colecciones.


De igual forma, apoyamos las declaraciones de los colectivos y profesionales que han manifestado su protesta contra la aplicación de la medida del pago por préstamos en bibliotecas, al tiempo que felicitamos a los autores que renuncian a este posible cobro, conscientes de la labor cultural, educativa y social que desempeñan las bibliotecas y los centros públicos de información.


Por este motivo, pedimos a la Administración que haga cumplir la legislación española, que exime del pago de derechos de autor a entidades sin fines lucrativos e instituciones de carácter cultural y científico, y que comunique cuanto antes a la Comisión Europea la exención de este pago, a fin de cumplir la normativa comunitaria.

miércoles, noviembre 08, 2006

El cánon: el precio de la cultura


Una juez de Santander sentencia que descargar música por Internet no es delito

La juez de lo Penal número 3 de Santander, Paz Aldecoa, ha absuelto a un internauta -para quien se pedían dos años de cárcel por descargar y compartir música en Internet- por considerar que esa práctica no es delito, siempre que no haya ánimo ánimo de lucro y esté amparada por el derecho de copia privada.

La sentencia mantiene que considerar delito las descargas de música sin ánimo de lucro "implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado de obtener copias para uso privado". Para que exista el delito contra la propiedad intelectual es necesario que medie ánimo de lucro.

"Ni mediaba precio ni aparecían otras contraprestaciones que la propia de compartir entre diversos usuarios el material del que disponían. Y, a juicio de esta juzgadora, ello entra en conexión con la posibilidad que el artículo 31 de la Ley de Propiedad Intelectual establece de obtener copias para uso privado sin autorización del autor; sin que se pueda entender concurrente ese ánimo de obtener un beneficio ilícito", argumenta la magistrada.

documentos de lectura:
El Canon. Cuestión de inconstitucionalidad.
Todos contra el cánon

Temas de debate (1)

¿Ejemplo de una mala gestión cultural?

Un grupo de música denuncia la gestión y
el trato recibido por parte del encargado de la programación del Club 13, bar musical de Barcelona.

El Club 13 y la falta de respeto